Libres para invocar el Nombre del
Señor
39. El respeto de la dignidad personal,
que comporta la defensa y promoción de los derechos humanos, exige el
reconocimiento de la dimensión religiosa del hombre… la relación con Dios es
elemento constitutivo del mismo <ser> y <existir> del hombre: es en
Dios donde nosotros <vivimos, nos movemos y existimos> (Hch 17, 28). Si
no todos creen en esa verdad, los que están convencidos de ella tienen el
derecho a ser respetados en la fe y en la elección de vida, individual o comunitaria,
que de ella derivan. Esto es el derecho a la libertad de conciencia y a la
libertad religiosa… la libertad, de los individuos y de las comunidades, de
profesar y practicar la propia religión es un elemento esencial de la pacifica
convivencia de los hombres…
El anuncio del Evangelio y el testimonio
cristiano de la vida en el sufrimiento y en el martirio constituyen el ápice
del apostolado de los discípulos de Cristo… los Padres sinodales han considerado
como especial deber <dar las gracias a los laicos que viven como incansables
testigos de la fe, en fiel unión con la Sede Apostólica, a pesar de las
restricciones de la libertad y de estar privados de ministros sagrados. Ellos
se lo juegan todo, incluso la vida.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario